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Convocadas las subvenciones del año 2002 para la prevención, corrección y control del impacto ambiental de la actividad industrial

El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de subvenciones a las inversiones destinadas a la prevención, corrección y control del impacto ambiental de la actividad industrial durante el año 2002.

Cabe recordar que el pasado 19 de noviembre de 2001, el Gobierno de Navarra acordó autorizar un gasto máximo de 901.518,15 euros (150 millones de pesetas) para subvencionar las inversiones destinadas a la prevención, corrección y control del impacto ambiental de la actividad industrial durante los años 2002 y 2003.

La financiación del gasto se realizará en una cuantía máxima de 601.012,10 euros (100 millones de pesetas) con cargo al presupuesto del año 2002, y en una cuantía máxima de 300.506,05 euros (50 millones de pesetas) con cargo al presupuesto de 2003.

 
 

Amplie información acerca de:

Ayudas del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo.
Ayudas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación

Ayudas de la Dirección General de Medio Ambiente

Programas del Plan Tecnológico

 


El objeto de esta convocatoria es la regulación de subvenciones a las inversiones destinadas a la adopción de medidas tendentes a la prevención, corrección y control de la contaminación industrial para el ejercicio de 2002. A estas ayudas podrán acogerse empresas, públicas o privadas, agrupaciones de dichas empresas, personas físicas e instituciones que realicen proyectos o inversiones tendentes a reducir la contaminación. Las bases se pueden encontrar en las oficinas del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (calle Alhóndiga 1-1º, de Pamplona), en horas de atención al público.

La convocatoria, que entró en vigor el pasado 1 de febrero, permanecerá abierta hasta el mes de abril. Con posterioridad a dicho plazo, se admitirán solicitudes, quedando condicionada su consideración a la existencia de presupuesto. Las solicitudes deberán presentarse con antelación al inicio de la ejecución de los proyectos o inversiones.
Quedarán incorporadas a la presente convocatoria, salvo desistimiento expreso, las solicitudes realizadas en ejercicios anteriores que cuenten con reconocimiento expreso de subvención y no haya sido abonada o dispuesta en una cuenta de resultas.


LOS SEIS TIPOS DE SUBVENCIONES

Las subvenciones contempladas en esta convocatoria, atendiendo a la inversión o actividad realizada por el beneficiado, se clasifican en seis tipos: la financiación a recibir dependerá de si los solicitantes están catalogados o no como pequeña y mediana empresa (PYME).

Tipo A: Inversiones de corrección para adaptarse a nuevas normas medioambientales para reducir la contaminación de modo directo. Estas subvenciones (15%) sólo serán aplicables a empresas PYME que estuvieran en funcionamiento con anterioridad al 1 de enero de 1996 y únicamente para su adopción a las nuevas normas medioambientales que hayan entrado en vigor a partir del 1 de enero de 1998.

Tipo B: Inversiones destinadas a la reducción o eliminación directa de la contaminación y otros efectos nocivos para el medio ambiente, a la adaptación de los métodos de producción al mismo objetivo, o a la introducción de tecnologías límpias, procesos de minimización, reciclaje, reutilización o valoración, cuando se plantee superar sustancialmente lo establecido en la legislación medioambiental vigente. Se incluyen entre los proyectos de este tipo, aquellos promovidos por las empresas con el objetivo de reducir, reciclar y valorizar los envases o residuos de envases. Estas inversiones recibirán una subvención de entre el 30% (no PYME) y el 40% (PYME). En todo caso, el nivel de ayuda será proporcional a la mejora ambiental conseguida, estableciéndose en todos los casos el presupuesto subvencionable correspondiente.

Para las actividades industriales dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas y ganaderos, las subvenciones del tipo A podrán alcanzar el 40% de los costes subvencionables y las del tipo B el 60%.

Tipo C: Proyectos de investigación industrial, entendida ésta como la investigación planificada o estudios críticos, cuyo objetivo sea la adquisición de nuevos conocimientos, que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos procesos productivos y que contribuyan a reducir el poder contaminante y otros efectos nocivos de la actividad. Su financiación, sólo aplicable a empresas industriales, será de entre el 40% (no PYME) y el 50% (PYME).

Tipo D: Auditorías ambientales, implantación de sistemas de gestión ambiental, estudios de valoración del impacto ambiental producido por actividades industriales y actividades de formación promovidas por las mismas. La financiación será del 50%, independientemente de ser o no PYME.

Tipo E: Proyectos de información y sensibilización. La financiación será del 75%, independientemente de ser o no PYME.

Tipo F: Proyectos de caracterización de suelos contaminados e inversiones realizadas para subsanar los daños ambientales mediante el saneamiento de instalaciones industriales contaminadas y, en particular, el deterioro de la calidad del suelo y de las aguas superficiales o subterráneas. La financiación, oscilará entre el 15% (no PYME) y el 25% (PYME). Cuando el causante de la contaminación esté identificado deberá financiar la rehabilitación , en aplicación del principio de responsabilidad, y sin poder obtener ayuda.

A estos efectos, se considera pequeña o mediana empresa aquella que emplea a menos de 250 personas y que cuente con un volumen de negocio anual igual e inferior a 40 millones de euros (6.655 millones de pesetas) o un balance general igual o inferior a 27 millones de euros (4.492 millones de pesetas).

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